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Las cookies son utilizadas habitualmente por los servidores web para diferenciar usuarios y para actuar de diferente forma dependiendo de éstos. Las cookies se inventaron para ser utilizadas en una cesta de la compra virtual, que actúa como dispositivo virtual en el que el usuario va «colocando» los elementos que desea adquirir, de forma que los usuarios pueden navegar por el sitio donde se muestran los objetos a la venta y añadirlos y eliminarlos de la cesta de la compra en cualquier momento. Las cookies permiten que el contenido de la cesta de la compra dependa de las acciones del usuario.
En España su uso está regulado por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) y en adecuación con la Directiva Europea 2009/136/CE, en su artículo 22.2.
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Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones.
Para que este procedimiento sea válido, el usuario deberá proceder a la configuración de estos parámetros, permitiendo la entrada de cookies, en el momento de la instalación o actualización del navegador mediante una acción expresa a tal efecto.
Este nuevo régimen no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas.
Tampoco impedirá, en la medida que resulte estrictamente necesario, el posible almacenamiento o acceso para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.
Uno de los aspectos más debatidos en las modificaciones sufridas de esta Directiva es la nueva regulación del uso de cookies para monitorizar el comportamiento del usuario online con finalidad comercial. El nuevo redactado del artículo 22 de la LSSI autoriza la instalación de cookies en los terminales de los destinatarios solo «a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización».
Según esta reforma de la Directiva, el consentimiento para aceptar cookies debe ser libre, específico e informado.
Actualmente todos los navegadores incorporan dentro de su menú de administración una función orientada a la gestión, administración y eliminación de cookies de forma que el usuario en todo momento tiene el control sobre estas, sin embargo bloquear su recepción implica reducir la navegación en muchos sitios web y posiblemente provocar que las páginas no carguen o no faciliten la navegación en determinadas webs, por lo que su uso se hace en la mayoría de casos necesario.
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